-Les INFORMO con carácter de SUMA IMPORTANCIA, que aquellos agentes/docentes del DISTRITO , que tienen hijos con DISCAPACIDAD o hijos declarados en SIAPE y EN AFIP, NO PODRÁN CONTINUAR haciéndolo, PORQUE se MODIFICO UNA RESOLUCIÓN de AFIP.
Podrán OPTAR solamente por uno de los beneficios.
El motivo es el siguiente:
- Le Notifico que al DEDUCIR las cargas de SALARIO FAMILIAR, (hijos declarados) en el impuesto a las GANANCIAS, NO le corresponde EL PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES, por la Resolución N° 4286 de AFIP, para el presente año fiscal, a todos los DOCENTES/ AGENTES, que Figuran ACTIVOS en el listado de AFIP-DGE.
-La Resolución dicta que solo UNO DE LOS PADRES O TUTOR, integrante del grupo Familiar DEBERÁ deducir ( tener Declarados en GANANCIAS o COBRAR AA-FF(Salario Familiar).
Cada agente/ docente, tiene el Derecho de ELEGIR uno de los DOS, para lo cual PODRÁ... CAMBIAR..., o migrar haciendo la primero la baja de la DD-JJ- F 572 DE AFIP.
-SI este fuera el caso dar de BAJA a sus hijos de la DECLARACIÓN JURADA DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE, DE AFIP-DGE podría solicitarlo (solo después de la Baja efectiva en AFIP !!!) a mes vencido y con la toda la DOCUMENTACIÓN Nueva y actualizada DE SALARIO FAMILIAR, porque MUCHOS agente/ docentes tienen la DOCUMENTACIÓN DES ACTUALIZADA, como la DD-JJ SIAPE, ejemplo CUD ( Certificado de Discapacidad VENCIDO en nuestro archivo). ingresos propios y de Cónyuge/ conviviente desactualizados, etc, etc.-
--EXCEPCIONAL MENTE si hubieran PRESENTADO toda la documentación en el PRESENTE AÑO- 2018, no se pedirá la documentación arriba mencionada PERO AUN faltara si elige.. AA-FF(salario Familiar) - verificar, presentar la BAJA del formulario f 572- AFIP-DGE-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario