TRAMITE DE LICENCIA POR ENFERMEDAD
Personal docente (114 inc. A) y personal auxiliar (art. 49)
El personal docente y auxiliar de la DGCyE, para la comunicación efectiva del inicio de las licencias médicas propias, deberá crear una solicitud en la plataforma Mis Licencias, OBLIGATORIAMENTE, en el curso del día en que se produce la incapacidad laboral por causa de enfermedad y como limite antes del horario de prestación de servicios.
IF-2024-42286346-GDEBA-DCLYMATDGCYE
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
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